En los últimos años, el sonido incesante de llamadas no deseadas interrumpiendo la tranquilidad de los hogares chilenos se había convertido en una molestia cotidiana.
Ofertas de productos innecesarios, promociones agresivas y, en el peor de los casos, intentos de fraude disfrazados de comunicaciones comerciales habían generado una creciente frustración entre los consumidores.
Sin embargo, un nuevo panorama se vislumbra en el horizonte. Chile ha dado un paso firme en la lucha contra el spam telefónico con la implementación de una nueva ley antispam y la designación de prefijos telefónicos específicos: el 600 para llamadas comerciales consentidas y el 809 como alerta roja para el spam.
Este reportaje profundiza en los objetivos, mecanismos y las implicaciones de esta trascendental normativa que busca devolver la paz y el control a los usuarios frente a las comunicaciones comerciales no solicitadas.
Analizaremos cómo estos nuevos prefijos funcionarán en la práctica, las obligaciones que recaen sobre las empresas y las herramientas que tendrán los consumidores para defenderse del molesto spam telefónico.
El creciente clamor por una regulación más robusta
La proliferación del spam telefónico en Chile no era un secreto. A pesar de iniciativas previas como la plataforma «No Molestar» del SERNAC, que permitía a los consumidores solicitar la suspensión de comunicaciones promocionales, el problema persistía con una intensidad alarmante.
Las cifras hablan por sí solas: durante el primer semestre de 2022, el SERNAC recibió 131.856 requerimientos de consumidores solicitando dejar de recibir spam a través de dicha plataforma.
Esta abrumadora cantidad de solicitudes evidenciaba la necesidad urgente de un marco legal más sólido que fuera más allá de un simple sistema de exclusión voluntaria.
Fue en este contexto de creciente preocupación que se gestó la nueva Ley Antispam telefónico, fundamentada en la modificación del artículo 28 b de la Ley del Consumidor (Ley N° 19.496).
La piedra angular de esta normativa es el requerimiento de obtener el consentimiento previo, expreso y específico del destinatario antes de realizar cualquier comunicación promocional o publicitaria mediante llamadas o mensajería instantánea.
Este cambio de paradigma traslada la responsabilidad a las empresas para asegurar que cuentan con la autorización explícita antes de contactar a los usuarios con fines comerciales.
Además, la ley consagra el derecho del consumidor a revocar este consentimiento en cualquier momento y sin necesidad de justificación.
La asignación de prefijos: Una estrategia para la identificación clara
Un elemento central de la nueva estrategia para combatir el spam telefónico es la introducción de prefijos telefónicos especiales, anunciada por la SUBTEL. Esta medida tiene como objetivo primordial proporcionar a los usuarios la capacidad de identificar fácilmente el origen y la naturaleza de las llamadas comerciales que reciben.
El prefijo 600 ha sido designado específicamente para las comunicaciones comerciales que el usuario ha solicitado o a las que ha dado su consentimiento.
La SUBTEL ha aclarado que si un individuo mantiene un contrato vigente con una entidad (banco, aseguradora, empresa de telecomunicaciones, etc.), las llamadas que esta entidad realice para ofrecer otros productos o servicios se considerarán solicitadas y, por lo tanto, deberán originarse con el prefijo 600.
Esta distinción es crucial, ya que permite a los consumidores discernir entre llamadas comerciales esperadas y aquellas que no lo son.
En contrapartida, el prefijo 809 se utilizará para identificar las llamadas masivas, automatizadas o no solicitadas, es decir, aquellas que constituyen spam telefónico y que el usuario no ha pedido ni autorizado.
La asignación de este prefijo como indicador de spam tiene la intención de actuar como una señal de alerta clara para los consumidores, permitiéndoles identificar y, potencialmente, evitar contestar este tipo de llamadas.
La implementación de estos nuevos prefijos tiene un plazo definido. Las empresas tienen seis meses desde la publicación de la normativa en el Diario Oficial (ocurrida el 7 de febrero de 2025) para adaptarse.
Esto significa que a partir del 7 de agosto de 2025, todas las llamadas comerciales no solicitadas deberán utilizar el prefijo 809, y estará prohibido realizar llamadas automatizadas o masivas utilizando cualquier otro número diferente a los definidos.
Un Nuevo propósito para números conocidos
Históricamente, los números con prefijo 600 en Chile han sido utilizados por diversas empresas para atención al cliente, líneas de información y, en algunos casos, actividades comerciales.
Antes de esta ley, su uso no estaba exclusivamente reservado para llamadas solicitadas, lo que generaba confusión.
Por otro lado, el spam podía originarse desde diversos prefijos, incluyendo números 800 (líneas gratuitas) u otros geográficos.
Esta falta de distinción dificultaba la identificación y el filtrado de llamadas no deseadas.
Con la entrada en vigor de la nueva ley, el propósito y el uso de los prefijos 600 y 809 se definen de manera específica.
El prefijo 600 se reserva ahora para las comunicaciones comerciales con consentimiento previo, brindando la certeza al consumidor de haber autorizado el contacto.
El prefijo 809 se establece inequívocamente como el identificador de llamadas no solicitadas o spam, aumentando la transparencia y ofreciendo una herramienta para la autoprotección.
Obligaciones clave para las empresas
Las entidades que deseen utilizar el prefijo 600 para comunicaciones comerciales tendrán la obligación fundamental de asegurar el consentimiento previo, expreso y específico del destinatario.
Esto implica implementar sistemas robustos para obtener y registrar este consentimiento, manteniendo la documentación necesaria para demostrar la autorización del usuario.
La responsabilidad de probar el consentimiento recae en la empresa.En cuanto al prefijo 809, las empresas tienen la obligación de utilizarlo para todas las llamadas masivas, automatizadas o no solicitadas con fines comerciales.
A partir del 7 de agosto de 2025, estará explícitamente prohibido realizar este tipo de llamadas utilizando cualquier otra numeración.
Además de las obligaciones específicas por prefijo, la ley impone obligaciones generales a todas las empresas que realicen comunicaciones comerciales: proporcionar un medio claro y sencillo para revocar el consentimiento en cualquier momento y identificarse de manera clara y reconocible durante la llamada.
¿Un registro obligatorio a la vista?
Según la información disponible, no se menciona explícitamente la existencia de un registro público obligatorio para las empresas que deseen utilizar los prefijos 600 u 809.
Sin embargo, la implementación de un sistema de registro podría ser considerada en el futuro por la SUBTEL o el SERNAC para aumentar la transparencia.
A pesar de la ausencia de un registro público, se deduce que las empresas que utilicen el prefijo 600 deberán mantener registros internos detallados de los consentimientos obtenidos.
Esta práctica es fundamental para demostrar el cumplimiento de la ley ante reclamaciones o investigaciones.
Sanciones contundentes para el Incumplimiento
La nueva Ley Antispam establece sanciones significativas para las empresas que no cumplan con sus disposiciones.
Si bien la Ley del Consumidor ya contemplaba multas por enviar mensajes promocionales tras la solicitud de no recibirlos más, la nueva normativa introduce multas considerablemente más elevadas, que podrían alcanzar hasta 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) para quienes realicen llamadas publicitarias sin consentimiento.
Se infiere que el uso incorrecto de los prefijos también constituiría una infracción sujeta a estas multas.
Más allá de las sanciones económicas, las empresas infractoras podrían enfrentar un daño significativo a su reputación y una pérdida de la confianza de los clientes.
Debate público y postura oficial
La implementación de esta ley ha generado una considerable atención pública. El gobierno y la SUBTEL han destacado su importancia como parte de la agenda de seguridad digital y protección contra fraudes.
El Ministro de Transportes y Telecomunicaciones enfatizó que la nueva numeración permitirá reconocer llamadas deseadas y no deseadas, contribuyendo a un entorno digital más seguro.
Los medios han cubierto ampliamente la noticia. Si bien la recepción general ha sido positiva entre los consumidores, algunos sectores, como los sindicatos de trabajadores de call centers, han expresado preocupaciones por la posible pérdida de empleos.
La SUBTEL ha jugado un papel central en la definición e implementación de los prefijos. Por su parte, el SERNAC, con su plataforma «No Molestar», se espera que vea reforzada su efectividad con la nueva ley. La coordinación entre ambas entidades será crucial para el éxito de la normativa.
Recomendaciones para navegar el nuevo panorama para las Empresas
Implementar sistemas robustos para obtener y registrar el consentimiento explícito antes de utilizar el prefijo 600. Mantener registros detallados del consentimiento, incluyendo fecha, hora y método de obtención.
Actualizar los sistemas de marcación para utilizar correctamente los prefijos 600 y 809 antes del 7 de agosto de 2025.
Capacitar al personal sobre las nuevas regulaciones y la importancia del cumplimiento.
Establecer mecanismos claros y accesibles para que los consumidores puedan revocar su consentimiento.
Mantenerse atentas a los comunicados y directrices oficiales de la SUBTEL y el SERNAC.
Para los consumidores
Familiarizarse con los nuevos prefijos 600 (llamadas comerciales consentidas) y 809 (spam).Utilizar la plataforma «No Molestar» del SERNAC como herramienta complementaria.
Reportar a las autoridades (SERNAC o SUBTEL) las llamadas no solicitadas que no utilicen el prefijo 809 después del plazo, o llamadas con prefijo 600 sin consentimiento. Ejercer el derecho a revocar el consentimiento en cualquier momento.
Un paso firme hacia un entorno digital más respetuoso
La implementación de la nueva Ley Antispam telefónico en Chile, con la designación específica de los prefijos 600 y 809, representa un avance significativo en la protección de los derechos de los consumidores frente a las llamadas comerciales no deseadas.
La clara distinción entre llamadas solicitadas y no solicitadas a través de estos prefijos otorgará a los usuarios mayor control sobre las comunicaciones que reciben y facilitará la identificación de posibles fraudes.
Si bien las empresas deberán adaptarse a las nuevas obligaciones, el cumplimiento de esta normativa es fundamental para evitar sanciones y proteger su reputación.
Se espera que la entrada en vigor de esta ley contribuya de manera importante a la reducción del spam telefónico en Chile y a un entorno de comunicaciones digitales más respetuoso para los consumidores.







